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La justicia avala la destrucción de libros raros para entrenar IA

Libreros y comerciantes independientes de los Países Bajos, Alemania y Suiza comenzaron a percibir una extraña anomalía en el mercado durante el año 2025: una oleada repentina de pedidos masivos que incluían obras académicas de alta especialización, títulos con tiradas extremadamente limitadas y volúmenes descatalogados que no mostraban ningún patrón temático lógico ni respondían a la clásica intención de reventa comercial en el mercado de segunda mano. No fue hasta julio de 2026 cuando un artículo publicado por TNW logró sintetizar e interconectar meses de investigaciones previas llevadas a cabo por 404 Media y Fortune, revelando la verdadera magnitud del fenómeno: las grandes corporaciones dedicadas al desarrollo de inteligencia artificial estaban adquiriendo libros impresos a escala masiva, cortándoles sistemáticamente el lomo mediante maquinaria de escaneo industrial de alta velocidad y reduciendo los ejemplares originales a pulpa o residuos.

Este inusual procedimiento industrial encontró un respaldo jurídico definitivo el 21 de julio de 2026, fecha en la que el juez federal William Alsup, perteneciente al Distrito Norte de California, emitió una resolución clave en el marco del litigio conocido como el caso Bartz v. Anthropic. En su dictamen, el magistrado estableció que la práctica sistemática de Anthropic —consistente en adquirir volúmenes físicos en el mercado, seccionarles la encuadernación para facilitar un escaneo digitalizado ultrarrápido y proceder a la destrucción inmediata del soporte original— se enmarca de manera legítima dentro de la figura del fair use (uso justo), amparada por la Sección 107 de la Ley de Derechos de Autor de los Estados Unidos.

La fundamentación jurídica del juez se estructuró bajo una premisa muy concreta: cada una de las copias impresas que se adquirieron en el mercado fue digitalizada estrictamente con el propósito de optimizar el espacio de almacenamiento físico y dotar al contenido de capacidades de búsqueda digital, procediendo a la destrucción del soporte original de modo que uno sustituyera al otro sin generar duplicidades permanentes. Dado que el archivo digital resultante nunca se exhibió públicamente, no se comercializó ni se distribuyó a terceros ajenos a la compañía, el tribunal consideró que el proceso constituía una transformación evidente y legalmente aceptable de la obra original.

La fiebre desatada por la adquisición masiva de material bibliográfico impreso anterior al año 2022 responde directamente a una de las problemáticas técnicas más apremiantes del sector: el denominado colapso de modelos o model collapse, un fenómeno de degradación cognitiva y lingüística que sufren las inteligencias artificiales cuando son alimentadas de forma continuada con textos sintéticos generados previamente por otras máquinas. Los sistemas avanzados de inteligencia artificial actuales alcanzan altos niveles de competencia precisamente porque se han nutrido históricamente de corpus textuales generados por seres humanos y dotados de riqueza lingüística. Si las futuras generaciones de modelos se entrenan masivamente con contenidos producidos por la IA actual, su rendimiento decaerá exponencialmente. Por esta razón, los libros impresos anteriores a 2022 representan un tesoro de datos cien por cien humanos, completamente libres de contaminación sintética.

Dentro de este ecosistema de datos, las publicaciones técnicas y las monografías académicas especializadas poseen una doble ventaja cualitativa: son intrínsecamente humanas y, al mismo tiempo, extremadamente raras, lo que significa que no se encuentran disponibles en los conjuntos de datos genéricos que circulan masivamente por internet y a los que todos los desarrolladores tienen acceso. Un manual médico impreso en 1987, una tesis doctoral de ingeniería redactada en 1995 o una monografía histórica editada en el año 2001 con una tirada de apenas doscientos ejemplares constituyen exactamente el tipo de información sofisticada que los modelos de lenguaje necesitan y no poseen.

Evidencias de esta carrera frenética por el papel comenzaron a multiplicarse en el sector logístico. ISBNdb, una de las mayores empresas gestoras de bases de datos bibliográficas a nivel global, ideó —y posteriormente desmintió de manera pública— un servicio comercial diseñado para tramitar pedidos de hasta un millón de volúmenes destinados a clientes de identidad oculta. Paralelamente, diversos libreros europeos empezaron a recibir solicitudes de miles de títulos procedentes de entidades corporativas domiciliadas en jurisdicciones como Singapur o Canadá, las cuales se negaban sistemáticamente a aclarar el destino final de los materiales.

Pieter de Vries, un conocido librero independiente establecido en la localidad neerlandesa de Haarlem, fue contactado para suministrar casi tres mil títulos por parte de una corporación con base en Singapur. En sus declaraciones iniciales reconoció su desconcierto absoluto ante un requerimiento de semejantes características, asegurando que jamás se había enfrentado a una operativa comercial de tal índole. Asimismo, la empresa de software canadiense Zoom Books fue señalada en numerosos reportes de la prensa suiza y alemana como una posible sociedad intermediaria en estas adquisiciones, aunque la compañía desmintió categóricamente ante Publishers Lunch y la radiotelevisión suiza SRF cualquier participación en operaciones de acopio masivo de libros para la industria tecnológica.

El impacto de estas decisiones judiciales genera un profundo abismo entre las industrias creativas. Mientras que la industria cinematográfica de Hollywood lleva años reclamando marcos normativos estrictos para frenar el uso no autorizado de sus producciones —al tiempo que los premios Óscar ya admiten de forma oficial obras generadas mediante inteligencia artificial—, el ámbito literario asiste a un escenario diametralmente opuesto. El fallo del juez Alsup legitima formalmente una cadena industrial basada en la compra, el escaneo y la destrucción sistemática del soporte impreso, validando un modelo de negocio que margina por completo a los creadores.

Uno de los aspectos más inquietantes que se desprenden de esta resolución judicial es el perverso incentivo legal introducido para los archivistas y bibliotecarios. Al estipular que la destrucción del soporte original refuerza el carácter transformador del proceso de digitalización —al no generar una copia adicional paralela al objeto físico—, la ley castiga implícitamente la preservación material. Conservar el libro impreso en una estantería reduce las garantías legales del proceso, mientras que destruirlo activamente otorga mayor cobertura jurídica a la empresa tecnológica, promoviendo de este modo la desaparición deliberada del patrimonio físico.

Como respuesta inicial del mercado a este complejo panorama, Ingram Content Group, uno de los distribuidores editoriales más importantes de los Estados Unidos, implementó un mecanismo formal de exclusión voluntaria dirigido a aquellos sellos y autores que se nieguen a que sus obras sean adquiridas por corporaciones tecnológicas con fines de entrenamiento algorítmico. Aunque representa el primer intento tangible de instaurar un consentimiento activo dentro del sector, su eficacia real queda sujeta al grado de adopción por parte de los editores y al cumplimiento estricto por parte de los canales de distribución.

El debate de fondo pone de manifiesto una seria amenaza sobre el corpus material del conocimiento humano. Aquellos libros raros y de circulación muy limitada que carecen de respaldos digitales en servidores públicos o privados constituyen piezas únicas o extremadamente escasas. La aniquilación sistemática de estos ejemplares físicos, por muy amparada que se encuentre bajo los resquicios de la legalidad vigente, abre una brecha de pérdida cultural irreparable que ninguna inteligencia artificial podrá jamás compensar, privando a las futuras generaciones de la experiencia directa con el objeto cultural inamovible.

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