Sobre advertencia no hay engaño. Desde el pasado 1 de julio entró en vigor la nueva regulación de movilidad urbana en la Ciudad de México, enfocada a usuarios de vehículos motorizados eléctricos de uso personal, como scooters y bicicletas eléctricas, entre otros, por lo que deben cumplir con varios lineamientos para poder circular de manera legal en la capital del país, como placas de circulación o el trámite de licencia de manejo específica para este tipo de vehículos.
Por otro lado, en aquel momento también se dio a conocer que los propietarios de vehículos adquiridos antes del 1 de julio tendrían hasta el próximo 20 de noviembre para regularizarse. También se definió que quienes compren uno nuevo desde esa fecha ya debían recibirlo emplacado directamente en el punto de venta.

Sin embargo, de acuerdo con El Universal, las tiendas que venden estos productos siguen ofreciéndolos sin placas, a pesar de que el secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, señaló en conferencia de prensa que todos lunes se hacen reuniones con las empresas para registrar ante la Semovi, todos los vehículos tipo VMP, A o B, que vendan.
También se corroboró que “a partir del 20 de noviembre iniciarán los plazos para implementar las sanciones correspondientes”. Por otro lado, García Nieto señaló que, si bien se había establecido que el costo de las placas será de 710 pesos para este tipo de vehículos, por tratarse de vehículos eléctricos, se determinó reducirlo a la mitad, por lo que el costo será de 355 pesos.

Recordemos que la regulación contempla dos categorías: Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) como scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas, con acelerador propio, motor de entre 250 watts y 1 kilowatt de potencia y velocidad superior a 25 km/h, así como los Vehículos Eléctricos Personales (VEP) con motor menor a 250 watts y que no superen 25 km/h. Cada categoría tiene un trámite y una documentación distinta.
Quedan exentos de portar placas los Vehículos Eléctricos Personales que no superen los 35 kilos de peso ni los 25 km/h de velocidad máxima, las bicicletas de pedaleo asistido con motor menor a 250 watts y los vehículos de propulsión humana, como patines y monopatines tradicionales, sin embargo, estos vehículos exentos deben circular con un holograma oficial expedido por la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) ya que sin ese distintivo, el propietario también puede ser objeto de revisión.
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La noticia
Aplicarán multas a bicis y motonetas eléctricas en CDMX a partir del 20 de noviembre: emplacarlas costará 355 pesos
fue publicada originalmente en
Motorpasión México
por
Pablo Monroy
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